AFIP fija pagos y beneficios para monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció las modalidades de pago del componente impositivo del monotributo, abarcando los períodos de septiembre a diciembre de 2023, así como enero y febrero de 2024. Esta medida, enmarcada en la Resolución General 5491/2024, publicada el miércoles en el Boletín Oficial, también contempla condiciones excepcionales para el beneficio de reintegro durante el año calendario 2024.

Según lo dispuesto, el pago del impuesto integrado correspondiente a estos períodos debe realizarse a través del Volante Electrónico de Pago (VEP), disponible en la página web de la AFIP mediante clave fiscal, accediendo al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" o "CCMA-Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos", o mediante el Portal Monotributo. El VEP generado podrá ser cancelado utilizando un código QR.

Para la generación del VEP desde el servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", se debe seleccionar la opción "Nuevo VEP" y completar los datos requeridos. Además, los pequeños contribuyentes asociados a cooperativas de trabajo pueden abonar la obligación a través de entidades bancarias y de pago autorizadas, utilizando el volante de pago formulario F. 155 y consignando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.

La AFIP aclara que para acceder al beneficio de reintegro en el año calendario 2024, se requerirá haber abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos diez períodos mensuales. Esta medida busca brindar facilidades y establecer condiciones excepcionales para los pequeños contribuyentes del monotributo.



Fuente: Primera Edición


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